Circular para la militancia

FUERZA ALTERNATIVA REVOLUCIONARIA DEL COMÚN – FARC.

CONSEJO POLÍTICO NACIONAL

CPN

Bogotá D.C. Diciembre 29 de 2020


De: Consejo Político Nacional.

Para: Consejos Departamentales y Locales de los Comunes.

Asunto: definiciones sobre registro único nacional de militancia y elección de delegadas y delegados a la Asamblea Nacional de los Comunes.

Cámaras integrantes de los Consejos Departamentales y Locales del partido Fuerza Alternativa Revolucionaria del Común.

Como es de su conocimiento, el séptimo pleno del Consejo Nacional de los Comunes CNC, máxima instancia de dirección entre asamblea y asamblea, convocó para los días 24, 25 y 26 de enero de 2021 la Asamblea Nacional de los Comunes, máxima instancia de dirección de nuestro partido.

En virtud de lo anterior, el Consejo Político Nacional dispone:

  1. Para efectos de la elección de delegados y delegadas, el sexto pleno del CNC había establecido los plazos para la definición del censo o registro único nacional de militantes y la elección de las y los delegados por parte de las instancias correspondientes (asambleas departamentales, asambleas locales y plenos de los consejos departamentales) conforme a lo establecido en el estatuto del partido y lo reglamentado por este órgano de dirección nacional. En este sentido, la elección de delegados y delegadas realizadas por los plenos de los CDC, las asambleas departamentales y locales que se realizaron en las fechas previstas antes del mes de abril de 2020 seguirán siendo válidas, siempre y cuando los elegidos y/o elegidas se mantengan al interior del partido y de la respectiva dirección departamental en los casos de los elegidos por los plenos de los CDC.
  1. Los CDC, asambleas departamentales y locales que no hayan realizado la respectiva elección tendrán hasta el diez (10) de enero de 2021 para enviar a la Comisión Nacional de Organización las actas respectivas de conformación de las direcciones departamentales y locales, y las actas de la elección de los delegados y delegadas a que tienen derecho en virtud de los estatutos y lo reglamentado por el pleno del CNC.
  2. El registro único nacional de militancia válido para la participación en la asamblea nacional es el entregado por la Comisón Nacional de Organización al séptimo pleno del CNC.
  3. La acreditación de los y las delegadas se hará por parte de la Comisión Nacional de Acreditación o Credenciales a más tardar el día diez y siete (17) de enero de 2021.
  4. De acuerdo con la acreditación de delegados y delegadas por departamento, incluyendo a los integrantes activos del Consejo Nacional de los Comunes, se organizará la concentración o agrupamiento por regiones para la participación semipresencial en la Asamblea Nacional.
  5. La Comisón Nacional Metodológica entregará a más tardar el quince (15) de enero de 2021 la propuesta de metodología para el desarrollo de la asamblea, incluyendo una propuesta de reglamento interno.
  6. La Comisón Nacional Logística de la Asamblea coordinará todo lo relacionado con la concentración, alojamiento, materiales, alimentación y sistema de comunicación con el fin de garantizar la participación efectiva de los y las delegadas desde cada uno de los puntos de concentración.

Cordialmente.

Rodrigo Londoño Echeverry

Presidente partido FARC